LEY ANTI MEMES: Diputados mexicanos aprobaron una ley que impone hasta dos años de cárcel a quien los difunda

El Congreso local del estado de Veracruz reformó el código penal estatal para sancionar el acoso cibernético mediante información, imágenes y fotomontajes

El Congreso del estado de Veracruz aprobó con 40 votos a favor una ambigua reforma al Código Penal local contra el acoso cibernético, que los usuarios de redes sociales ya bautizaron como "ley antimemes".

La adición penal, propuesta por un diputado del partido de izquierda PRD y aprobada por todos los legisladores, castigará hasta con dos años de cárcel y 100 días de trabajo comunitario a quien difunda información o imágenes –incluidos fotomontajes– que dañen la reputación o autoestima de una persona, mediante el uso de medios digitales.

La reforma al artículo 196 del Código Penal local, que estaba pendiente desde marzo, considera como "acoso cibernético" la difusión de información lasciva o dolosa de una persona, que le cause afectación psicológica, familiar, laboral o en su entorno.

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También considera como delito el uso sin consentimiento del correo electrónico de una persona, la suplantación de identidad en redes sociales, y la difusión de rumores en medios electrónicos.

Dice el texto del artículo adicionado:

"Se impondrán de seis meses a dos años de prisión, y hasta cien días de trabajo a favor de la comunidad a quien, utilizando cualquier medio de comunicación digital, difunda información lesiva o dolosa de otra persona, revelando, cediendo o transmitiendo una o más imágenes, grabaciones audiovisuales o textos, que dañen su reputación o su autoestima y le causen con ello afectación psicológica, familiar, laboral o en su entorno cotidiano".

La iniciativa fue propuesta el 12 de marzo pasado por José Kirsch Sánchez, diputado del PRD, y respaldada por las diputadas independientes Miriam Judith González Sheridan y Eva Cadena Sandoval, y por las panistas María Josefina Gamboa y María Elisa Manterola Sainz.

En el dictamen, elaborado por la Comisión de Justicia y Puntos Constitucionales, se expuso que el acoso cibernético es el uso de medios de comunicación digitales para acosar a una persona o grupo de personas mediante ataques personales, divulgación de información confidencial o falsa que se manifiesta de distintas formas.

Por ejemplo, según los diputados, "poner en Internet una imagen comprometedora (reales o efectuadas mediante fotomontajes) datos delicados, cosas que pueden perjudicar o avergonzar a la víctima y darlas a conocer en su entorno de relaciones".

También considera acoso "dar de alta, con foto incluida, a la víctima en un web donde se trata de votar, por ejemplo, a la persona más fea, a la menos inteligente y cargarle de puntos o votos para que aparezca en los primeros lugares".

Dos reformas similares fracasaron en los congresos locales de los estados de San Luis Potosí y Sonora.

En Veracruz, durante el gobierno de Javier Duarte –hoy preso por corrupción– los diputados locales aprobaron una ley que castigaba la emisión de afirmaciones falsas a través de las redes sociales, pero fue declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia en 2013.

Organizaciones de la sociedad civil y usuarios de redes sociales alertaron sobre esta reforma penal al considerar que la ley "antimemes" es una estrategia "mordaza" que afecta el derecho a la libertad de expresión.

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