Viajo en moto ¿qué documentación necesito para circular?

Si viajas en moto conocé qué documentos necesitas para manejarla, cómo debe ser tu casco, cuáles son las velocidades máximas y cómo tenés que autorizar a otra persona a manejarla.
papeles para circular en moto

¿Qué documentos necesito para conducir una moto?

Para conducir una moto necesitás:

  • DNI.
  • Licencia de conducir.
  • Cédula de identificación de la moto.
  • Comprobante de pago de la patente.
  • Comprobante del seguro vigente.
  • Certificado de revisión técnica de la moto.

¿Qué clase de licencia necesito para manejar una moto?

Necesitas una licencia de conducir clase A. Con esta licencia vas a poder manejar ciclomotores, motocicletas y triciclos motorizados.

Ley 24.449. Ley de Tránsito, Art. 16.

¿A partir de qué edad puedo manejar una moto?

A partir de los 16 años podés manejar ciclomotores en tanto no lleves pasajeros. Vas a necesitar la autorización de tus padres para sacar la licencia.

Ley 24.449. Ley de Tránsito, Arts. 11, 16 y 17.

¿Qué es un ciclomotor?

Un ciclomotor es una moto que tiene hasta 50 centímetros cúbicos de cilindrada y no puede ir a más de 50 kilómetros por hora.

Ley 24.449. Ley de Tránsito, Art. 5 inciso ll.

Si tengo 16 años ¿necesito autorización de mis padres para manejar un ciclomotor?

Sí. Si tenés 16 años y querés sacar la licencia para manejar ciclomotores, necesitás la autorización de tus padres o de la persona que sea tu representante legal.

Ley 24.449. Ley de Tránsito, Art. 17.

¿Es obligatorio usar casco cuando ando en moto?

Sí, vos y tu acompañante tienen que usar cascos normalizados. Además, el conductor debe usar anteojos si la moto no tiene parabrisas.

Ley 24.449. Ley de Tránsito, Art. 40, inc. j.

¿Qué es un casco normalizado?

El casco normalizado es un casco especial para andar en moto que tiene alguna de estas características:

  • Exterior duro y liso con marcas retrorreflectivas.
  • Interior con un relleno amortiguador de alta densidad.
  • Acolchado flexible adherido al relleno, que ajusta el casco a la cabeza.
  • Sistema de retención de cintas y hebilla que pasado por debajo del mentón sujeta correctamente el casco a la cabeza.
  • El casco normalizado garantiza que, en caso de accidentes, tu cabeza esté protegida. Llévalo siempre abrochado.

Los cascos industriales no se pueden usar para andar en moto.

Decreto 779/1995 Decreto reglamentario de la Ley de Tránsito, Anexo I, Título V Art. 29 inciso i y Art. 40 inciso j 1.

¿Puedo usar el celular mientras manejo mi moto?

No, no podés usar el celular cuando manejas una moto.

Ley 24.449. Ley de Tránsito, Art. 48 inc. x.

¿Puedo usar auriculares mientras manejo mi moto?

No, no podés usar auriculares cuando manejás una moto.

Ley 24.449. Ley de Tránsito, Art. 48 inc. x.

¿A qué velocidad tengo que manejar mi moto?

Si manejás una moto, respetá siempre las velocidades máximas que son:

  • 40 kilómetros en calles.
  • 60 kilómetros en avenidas.
  • 110 kilómetros en zona rural.
  • 120 kilómetros en semiautopistas.
  • 130 kilómetros en autopistas.

En una calle con semáforos coordinados, la velocidad de coordinación de los semáforos.

Ley 24.449. Ley de Tránsito, Art. 51 inc. a, b, c y d.

¿La moto debe tener seguro?

Sí, es obligatorio que la moto tenga seguro que cubra daños a terceros, transportados o no. Podes contratarlo con cualquier empresa autorizada por la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Para ver el listado de empresas aseguradoras autorizadas consultá:

http://www2.ssn.gob.ar/index.php/companias-y-productores/companias-aseguradoras

Ley 24.449. Ley de Tránsito, Art. 68.

Cuando voy en moto ¿tengo que llevar el comprobante de seguro de la moto?

Sí. Cuando manejás una moto tenés que llevar siempre el comprobante de seguro vigente con fecha de inicio y fin de la cobertura.

No es necesario que lleves el recibo de pago del seguro de tu moto.

Ley 24.449. Ley de Tránsito, Art. 40, inc. c y 68.

Decreto 437/11. Decreto reglamentario de la Ley Nacional de Tránsito, Art. 3.

Si manejo una moto que no es mía ¿qué documentación tengo que llevar?

Tenés que llevar una autorización que hace el dueño de la moto. Esa autorización tiene tu nombre y se conoce como Cédula Rosa.

Disposición 79/2006 de los Registros Nacionales de la propiedad del automotor y de créditos prendarios, Anexo, Art. 1.

¿Cómo hago la cédula rosa para autorizar a otro a manejar mi moto?

Tenés que pedir un turno desde la web del Registro Automotor https://www2.jus.gov.ar/dnrpa-site/Tramites/TipoVehiculo

Después, tenés que ir al Registro para hacer el trámite. Para más información consultá: https://www.argentina.gob.ar/tramitar-la-cedula-rosa-para-autorizar-conducir-motos

Averiguá a qué Registro tenés que ir según tu domicilio en: http://www.dnrpa.gov.ar/portal_dnrpa/seccionales.php?domicilio=true#.Ux8W3_l5Oix

Disposición 79/2006 de los Registros Nacionales de la propiedad del automotor y de créditos prendarios, Anexo, Art. 1 y 2.

Disposición 376/2003 de los Registros Nacionales de la propiedad del automotor y de créditos prendarios, Art. 4.

Hice una cédula rosa para que un amigo use mi moto ¿puedo cancelar esa autorización?

Sí. En cualquier momento podés cancelar la autorización que hiciste.

Disposición 79/2006 de los Registros Nacionales de la propiedad del automotor y de créditos prendarios, Anexo, Art. 6.

¿Dónde debo llevar el número de patente de mi moto?

Tenés que llevarlo en la placa de patente de tu moto. También en tu casco, en cada costado, con números y letras reflectantes.

Decreto 779/1995. Decreto reglamentario de la Ley de Tránsito, Anexo I, Art. 40 punto j.1.9.

¿Qué tiene que llevar puesto el acompañante de mi moto?

Tu acompañante debe usar casco y un chaleco reflectante amarillo con el número de patente de la moto tanto en el frente como en el dorso.

Decreto 779/1995. Decreto reglamentario de la Ley de Tránsito, Anexo I, Art. 40 punto j.3.

Director Policiales

Encargado de las publicaciones y moderación del contenido de policiales.com.ar y sus respectivas redes sociales

Boletín de noticias