Cómo ejercer mi derecho a defensa ante una multa de tránsito
Para que un acta de infracción tenga validez y pueda ser cobrada por el órgano de control, tiene que haber sido realizada con un cinemómetro (foto-radar) verificado por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI).
Las infracciones pueden ser catalogadas como:
Graves: son las que ponen en riesgo la propia seguridad y la de otras personas, tales como no respetar un semáforo, conducir con exceso de velocidad o darse a la fuga en caso de accidente.
Leves: si bien no atentan contra la seguridad de las personas, pueden ocasionar trastornos de distinta magnitud, tales como circular con exceso de pasajeros o no emplear el guiño de giro.
¿Qué necesito para realizar un reclamo por una fotomulta irregular?
Acta de infracción a mano.
Nota de respuesta a infracción presunta.
¿Cómo hago?
Revisá el acta de infracción para cerciorarte de que figure la siguiente información:
- Fecha (día, mes y año) con hora y minuto de la medición.
- Velocidad del vehículo medida en km/h.
- Ubicación geográfica del foto-radar (por ejemplo: calle y número o intersección; o bien ruta, km. y localidad).
- Velocidad máxima permitida en ese lugar.
- Datos del foto-radar: marca, modelo o código de aprobación y número de serie.
Si falta uno solo de estos datos, la presunta infracción no tendrá valor legal, ya que la identificación del instrumento con el que se labró el acta es la garantía que tenés para ejercer tu legítimo derecho de defensa.
Consultá en la Dirección Nacional de Vialidad los distintos modelos de notas para contestar multas.
Elegí el modelo que se ajuste a la presunta infracción que recibiste y completá con tus datos personales y circunstancias del hecho.
Hacé tu descargo enviando la nota como carta certificada con aviso de retorno al mismo organismo que emitió la multa.