Multas interprovinciales ¿Hay que pagarlas?

A la hora de renovar el registro o  vender el auto, muchos se encuentran con infracciones de otras provincias y aparecen las dudas: ¿Son válidas? ¿Hay que pagarlas? ¿Pueden resolverse a la distancia? En esta nota, un repaso de la situación.
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¿Debo pagar una multa que me hicieron en otra provincia?

Autor: Pablo Martinez Carignano 

Argentina es un país federal y el tránsito es una competencia local, por lo que las provincias tienen la potestad de efectuar controles y labrar actas de comprobación, entre ellas las siempre controvertidas fotomultas

Cuando se consulta la web de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, el organismo manifiesta ser quien garantiza la validez de los equipos y procedimientos pero al mismo tiempo informa  que provincias y municipalidades “realizan reservas en la materia”, lo que dicho fácil significa que hacen lo que creen conveniente https://www.argentina.gob.ar/seguridadvial/radares.

Si bien se han dictado fallos que cuestionaron el procedimiento de fiscalización que llevan adelante muchas autoridades locales (radares no anunciados, falta de notificación en el momento del hecho, ausencia de señalización de la velocidad máxima, etc.), la realidad es que esas decisiones judiciales tuvieron efectos sólo para algunos casos particulares.

Las actas se siguen haciendo y si aparecen en el CENAT (para renovar la licencia) o en Registro de la Propiedad Automotor (para transferir el vehículo) es obligatorio resolverlas y no resultará  eficaz decirle a un empleado “son nulas, lo leí en el diario” y pretender que se archiven sin más.

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Cómo  se resuelven las multas interprovinciales
Buenos Aires, Córdoba y Santa Fe
 son las jurisdicciones que labran más infracciones en las rutas: aunque existen otras provincias y ciudades que también fiscalizan, estadísticamente los conductores porteños tienen muchas más probabilidades de recibir un acta de alguna de las “3 grandes” que de otros lugares.

Cuando eso sucede, la pregunta es siempre la misma: ¿cómo hago para hacer mi descargo, si vivo a cientos de kilómetro del lugar de donde me citan?

De acuerdo con la Ley Nacional de Tránsito, art. 71,  “será optativo para el infractor prorrogar el juzgamiento al juez competente en razón de su domicilio”. 

La norma también estipula que “el  Estado Nacional propiciará un sistema  de colaboración interprovincial para las notificaciones, juzgamiento y toda  otra medida que permita homogeneizar los procedimientos”. 

Traducido: si se cumpliera la ley y alguien de CABA recibiera una infracción de la provincia de Córdoba, podría resolverla en CABA. Pero una cosa es la letra de ley y otra es la realidad: nada de eso existe.

En Argentina no hay coordinación interjurisdiccional en materia de infracciones,  juzgamiento en cercanía ni convenios de reciprocidad de gestión de cobro, por lo que las infracciones deben discutirse en el lugar en el que fueron  confeccionadas, aunque haya que hacer 1000 kilómetros para ir a ver al juez de faltas.

El envío de una carta suele ser una opción, pero de dudosa efectividad y, como se verá, con la pérdida del descuento por pago voluntario.


Pagar es fácil, defenderse no tanto

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Córdoba
Si la infracción fue labrada por la Policía Caminera, puede abonarse con tarjeta de crédito a través de www.rentasweb.gob.ar, ingresando a la opción “Consulte su deuda – Multas Policía Caminera” en https://www.rentascordoba.gob.ar/mirentas/rentas.html?page=consulta_caminera .
Otra opción es dirigirse a una sucursal del Banco de la Provincia de Córdoba.

Si en lugar de pagar el imputado quiere ejercer su derecho de defensa, puede realizar el denominado “descargo de multas de Caminera”. El trámite se debe realizar en el Juzgado de Faltas que corresponda al lugar del hecho, de acuerdo con este listado:  https://transitocordoba.com/2012/01/juzgados-de-faltas-en-cordoba-por-infracciones-y-multas-de-transito-de-la-policia-caminera/
Según informa la propia Policía Caminera, “el trámite suele demorar varios días y es posible que exceda el tiempo vigente para abonar el pago voluntario del acta”, toda una invitación a sacar la billetera.

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Santa Fe
Las infracciones de la provincia de Santa Fe también  pueden pagarse con facilidad. Hay que ingresar al Juzgado Virtual en la web https://www.santafe.gob.ar/juzgadovirtual/  y allí se inicia el trámite que finaliza en el pago online.
Para las multas labradas en la ciudad de Rosario, la página es la siguiente: https://www.rosario.gob.ar/gdm/patente.do;jsessionid=0E5F19A593B36FA2A3AA917BBB857F32.nodo15_tomcat03

Al igual que en Córdoba, discutir las infracciones implica acercarse al Juzgado de Faltas interviniente o aportar descargo por escrito para que el juez dicte sentencia.

También se advierte que “la presentación ante un Juzgado de Faltas habilitado hace perder al usuario los beneficios de descuento por pago voluntario” y que “la presentación ante un Juzgado de Faltas y el registro de un descargo en el sistema provincial, impiden al usuario la generación de comprobantes de pago a través del Juzgado Virtual”. 

El listado de Juzgados de Faltas  provinciales puede chequearse en https://transitosantafe.com/cuales-son-los-juzgados-de-faltas-por-multas-en-la-provincia-de-santa-fe/, mientras  que los radicados en la ciudad de Rosario son éstos: https://www.rosario.gob.ar/web/tramites/juzgamiento-de-infracciones

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Buenos Aires
Las infracciones labradas en las rutas bonaerenses se consultan en https://infraccionesba.gba.gob.ar/

En la misma web (https://infraccionesba.gba.gob.ar/que-hago) se ofrecen las tres opciones posibles ante una falta no resuelta: pagar con tarjeta, ir al Juzgado de Faltas personalmente  (hay provinciales y municipales, según el lugar de comisión de la infracción) o bien efectuar un descargo a distancia, a través de un formulario que se descarga y se envía una vez completado (https://infraccionesba.gba.gob.ar/descarga-documento

Quienes vivan en la ciudad de Buenos Aires y prefieran defenderse personalmente pero sin viajar por caso a Dolores o Chascomús (las fotomultas de Ruta 2 son muy habituales) pueden presentarse en la Casa de la Provincia de Buenos Aires, Callao 237, donde funciona un Juzgado Administrativo especializado.

Fuente: https://mutandisonline.com

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