Radares homologados en Argentina actualizado al 2022
Para saber cuáles son los radares oficiales instalados en las rutas del país, sólo es necesario recurrir al listado actualizado al 2019 de Radares Homologados y Habilitados de Argentina publicado por el Ministerio de Transporte de la República Argentina y la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
La Agencia Nacional de Seguridad Vial autoriza y homologa la colocación y el uso de radares sobre rutas nacionales de todo el país* conforme con las leyes 24449 y 26363.
Según estos organismo, para no pagar multas ilegales, los radares son sujetos a controles previos a su puesta en funcionamiento (INTI – Secretaría de Comercio interior) como así también a verificaciones anuales que determinan la vigencia de uso, quedando así habilitados para ser utilizados por las jurisdicciones de todo el país, provincias y municipios.
Los radares deben ser operados por personal capacitado y matriculado por este organismo.
Conoce la ubicación de los radares autorizados al 2019 y no pagues multas ilegales
Para saber cuáles son todos los radares homologados por la ANSV deberás hacer click en el siguente enlace
Cómo ejercer mi derecho a defensa ante una fotomulta irregular
Para que un acta de infracción tenga validez y pueda ser cobrada por el órgano de control, tiene que haber sido realizada con un cinemómetro (foto-radar) verificado por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) entre otros requisitos.
Para poder reclamar por el cobro de una multa irregular o la que crees que es trucha, ingresa aquí
Cómo saber si una multa por radares está correctamente cobrada
¿Son legales las fotomultas en Argentina? Para que un operativo de Radares Móviles sea legal y la multa por exceso de velocidad esté correctamente labrada, deberá contar con los siguientes requisitos según la ANSV.
¿Qué datos debe contener una infracción?
Datos del municipio que realiza la multa.
- Fecha en la que fue cometida la presunta infracción (día, hora, mes y año).
- Ruta y kilómetro donde fue cometida la presunta infracción.
- Velocidad máxima permitida y velocidad a la que circulaba el vehículo infraccionado (en Km/h).
- Firma de la autoridad pública interviniente en la infracción.
- Datos del radar/cinemómetro utilizado para constatar la presunta infracción (marca, modelo o código de aprobación y N° de serie), incluido el número de Disposición ANSV que autoriza el uso de dicho artefacto.
- Datos de contacto del Juzgado de Faltas o Tribunal Administrativo que resulte competente.
- Matrícula habilitante del operador del radar (otorgada por ANSV).
Importante: si todos o alguno de estos datos no se encuentran consignados en el acta, o si por algún otro motivo consideras que la infracción es inválida, deberás presentar tu descargo ante el Juzgado de Faltas o Tribunal Administrativo competente.